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General
Información
Institucional |
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INFORMACION
INSTITUCIONAL |
La
Contraloría General del Departamento del
Putumayo es una entidad de carácter técnico,
con autonomía administrativa, presupuestal
y contractual, la cual está bajo la dirección
del Contralor General del Departamento del Putumayo.
La
Contraloría General del Departamento del
Putumayo, es la encargada de vigilar la gestión
fiscal de la Administración Departamental,
Municipal, sus entidades descentralizadas y de
los particulares o entidades que manejen fondos
o bienes del orden Departamental o Municipal.
Este
control será ejercido en forma posterior
y selectiva, mediante en control financiero, de
legalidad, de gestión, de resultados, revisión
de cuentas y la evaluación del control
interno, fundados en la eficiencia, economía
y eficácia, equidad y valoración
de los costos ambientales, de tal manera que permita
determinar si en la administración, en
un período determinado la asignación
de recursos se ha manejado con responsabilidad
e imparcialidad.
Velar
por el buen uso de los recursos del estado conforme
a los principios rectores de la funcion publica mediante
mecanismos de control fiscal, social y de advertencia
para contribuir al desarrollo humano sostenible de
la comunidad Putumayense..
Ser
una entidad moderna con alto nivel de credibilidad
social.
-
Ejercer
la vigilancia de la gestión fiscal en los
términos preescritos por la Constitución
y la Ley.
-
Llevar
la contabilidad de la ejecución del presupuesto
general del departamento, Municipios y entidades
descentralizadas de ambos órdenes.
-
Registrar
la ejecución de los ingresos y de los gastos
que afecten las cuentas del tesoro departamental,
para lo cual tendrá en cuenta los reconocimientos,
los recaudos y las ordenaciones de gastos y de pagos.
-
Configurar
la cuenta del Tesoro Departamental, con observación
entre otros, de los siguientes factores: la totalidad
de los saldos, flujos y movimientos del efectivo,
de los derechos de obligaciones corrientes, de los
ingresos y de los gastos devengados como consecuencia
de la ejecución presupuestal.
-
Uniformar,
centralizar, consolidar la contabilidad de la ejecución
del presupuesto general del Departamento, Municipios
y entidades descentralizadas ó por servicios
cualesquiera sea el orden al que pertenezcan y establecer
la forma, oportunidad, responsables de la presentación
de los informes sobre dicha ejecución , los
cuales deberán ser auditados por los organismos
de control respectivos.
-
Establecer
la respectiva nomenclatura de cuentas de acuerdo
con la Ley orgánica del presupuesto y demás
normas vigentes.
Llevar el registro de la Deuda Pública del
departamento y de sus entidades descentralizadas
por servicios, y las de carácter privado
cuando alguna de las anteriores sea su garante o
codeudora.
-
Auditar
y certificar antes del primero de julio de cada
año, el balance de hacienda o balance general
de la vigencia fiscal inmediatamente anterior, que
deba presentarle la sección de contabilidad
de la Secretaría de Hacienda Departamental
y Municipal, a más tardar el 15 de mayo de
cada año.
-
Ejercer
la jurisdicción coactiva con base a lo previsto
en la ley.
-
Verificar
que los bienes del Departamento, Municipios y sus
entidades descentralizadas estén debidamente
amparados, por pólizas de seguros o un fondo
especial creado para tal fín pudiendo establecer
responsabilidad fiscal a los tomadores cuando las
circunstancias así la ameriten.
-
Comprobar
los ingresos o recaudos de los gravámenes
o rentas.
-
Fiscalizar
los contratos celebrados con fundamento en el artículo
355 de la Constitución Política Nacional.
-
Comunicar
los resultados del control fiscal a la Asamblea
Departamental, Gobernador, autoridades y entidades
competentes con quienes esté atribuída
la facultad de analizar tales resultados.
-
Llevar
el registro de sanciones y de los responsables por
servicios fiscales.
-
Informar
a la Contraloría General de la República
la relación de personas a quienes se les
haya dictado fallo con responsabilidad fiscal.
-
Exigir
el cobro coactivo de las deudas fiscales.
-
Verificar
el cumplimiento de las metas, planes de desarrollo
y de proyectos de inversión social de las
entidades territoriales del Putumayo, y evaluar
su gestión.
-
En
ejercicio de su autonomía administrativa,
definir todo aspecto relacionado con el cumplimiento
de sus funciones en armonía con los principios
consagrados en la Constitución y en normas
vigentes.
En ejercicio de la autonomía presupuestal,
la Contraloría Departamental debe elaborar
cada año el proyecto de presupuesto de gastos
o ley de apropiaciones, para presentarlo para su
aprobación a la Asamblea Departamental.
-
Ejercer
la vigilancia sobre el cumplimiento de las normas
Constitucionales y Legales, destinadas a la preservación
de los recursos naturales, y del medio ambiente
en el Departamento del Putumayo.
-
Las
demás funciones señaladas en la Constitución,
en la ley y en las ordenanzas.
1. IMPARCIALIDAD
2. IGUALDAD
3. INTEGRALIDAD,
4. MEJORAMIENTO CONTINUO,
5. PUBLICIDAD,
6. MORALIDAD,
7. CELERIDAD
8. AUSTERIDAD,
9. ECONOMIA,
10. EQUIDAD,
11. EFICACIA,
12. EFICIENCIA,
13. EXCELENCIA,
14. CONTROL EN TIEMPO REAL,
15. RESPETO A LAS PERSONAS,
16. DISPOSICION AL CAMBIO,
17. HUMILDAD,
18 AUTOCONTROL,
19. RESPONSABILIDAD SOCIAL Y AMBIENTAL.
20. TRABAJO EN EQUIPO,
21. PROTECCIÓN O DEFENSA DE LOS BIENES PÚBLICOS
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